23/1/07

LA COMPRENSIÓN DEL JUEZ HACIA EL CONSTRUCTOR RAFAEL GÓMEZ

Me ha sorprendido la noticia que publica hoy diario Abc. El diario se hace eco del fallo del juzgado de lo contencioso número 1 de Córdoba que suspende el pago de una multa al propietario de Arenal 2000, Rafael Gómez, por construir sin licencia en la promoción urbanística conocida como la carrera del caballo de Córdoba. Me sorprende por dos motivos. El primero es que el titular de ese juzgado considere que la ejecución de la sanción impuesta por la Gerencia de Urbanismo "induce a pensar que el desembolso exigido podría afectar al normal desenvolvimiento del giro o tráfico de la empresa, comprometiendo su tesorería". Dicho así, sería muy novedoso que la justicia considerara el estado de necesidad de los infractores o delincuentes, para amortiguar el peso de la ley. La sentencia no habla efectivamente de perdonar los 534 mil euros de multa, sino efectivamente de "suspender". Pero es que el juez conoce la debilidad financiera de Gómez? Sabe su señoría que atraviesa por un mal momento, circulando una posible suspensión de pagos de algunas de sus empresas del grupo? Si su razonamiento jurídico, con la información publicada, es evitar el perjuicio que le ocasionaría el pago de medio millón de euros, sería deseable que ese mismo criterio se aplicara a otros infractores a los que efectivamente una multa les perniciosas consecuencias económicas. Le pide sin embargo un aval de algo más de cien millones de pesetas, 641 mil euros. Y la segunda causa por lo que me sorprende el caso es porque otros dos juzgados de lo contencioso, el dos y el tres, no entran en esos razonamientos y aplican sendas infracciones que suman 386 mil euros. Esta segunda observación, con los datos de los que dispongo, pone en evidencia la discrecionalidad de la Justicia. El Ayuntamiento ya ha anunciado que no va recurrir ninguna de las resoluciones a la espera de que se diriman los correspondientes recursos que se encuentran en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. La polémica resolución que comento comporta, eso sí, el mantenimiento de la orden de paralización de las obras por ser ilegales. Desconozco si la orden se ha acatado.